Ley3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles art. 92 a 94 (en vigor). Ley de Sociedades Anónimas art. 149-150 (derogada). Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, art. 18-19-20, 163, 309 (en vigor) Ley de Sociedades Limitada art. 72 (derogada). Paraproceder al cambio de administrador, se debe convocar una junta general de socios, celebrarla y aprobar el cese del antiguo administrador y el nombramiento del nuevo. La
Estedocumento está destinado a los/as administradores/as o miembros del consejo de administración de una sociedad de responsabilidad limitada (SL o SRL) o sociedad anónima (SA) que deseen celebrar una junta general ordinaria o extraordinaria, y convocar a los/as socios/as o accionistas para su celebración. El documento se adapta
Pararealizar el cambio de domicilio social, es necesario completar el modelo 600 con los datos de la empresa, como el nombre, el número de identificación fiscal y la dirección actual y nueva del domicilio social. Además, se debe adjuntar la documentación requerida, como la escritura de cambio de domicilio y el certificado de la empresa.
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Enmuchas de las sociedades que se constituyen al 50 %, además, ambos socios son nombrados administradores de la sociedad. En un primer momento, puede parecer lógico. De hecho, muchas parejas de socios que llegan a una asesoría empresarial para iniciar la andadura empresarial lo hacen creyendo que al 50 % será la mejor opción.
Ladimisión del administrador debe ser comunicada formalmente a través de un escrito dirigido a los socios de la sociedad limitada y presentado en el Registro Mercantil. Es importante destacar que la dimisión del administrador no implica la disolución de la sociedad, ya que este cargo puede ser ocupado por otro socio o persona
Responsabilidaddel administrador frente a Hacienda. A la hora de optar por crear una empresa como persona física o como sociedad el aspecto más relevante suele ser la limitación de responsabilidad. Los socios de una SL o SA tienen limitada su responsabilidad frente a terceros hasta su aportación en el capital social de la empresa. iMwZ04.
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